El emprendimiento y las obligaciones fiscales

Si estás comenzando tu negocio, debes saber que ello, no sólo implica vencer tus miedos y materializar tu visión emprendedora, pues al crear una fuente de ingresos, ADQUIERES DERECHOS, pero también obligaciones, en virtud que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 31, fracción IV, nos obliga a todos los mexicanos a contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa.

En otras palabras, la ley establece que debemos entregar al Estado, parte de nuestra riqueza de una forma PROPORCIONAL, es decir, que el que gane más aporte más; y EQUITATIVA, lo que significa que todas las personas que se encuentren en el mismo supuesto, aporten de la misma manera.

Asimismo, para lograr que una contribución sea proporcional y equitativa, la Ley otorga una serie de derechos, que aminoran la base gravable, es decir, reducen los ingresos sobre los cuales se tienen que pagar impuestos, algunos ejemplos de estos derechos, son las deducciones y las exenciones, lo que incluso puede dar pauta a una devolución de impuestos.

Ahora bien, el primer paso del emprendimiento, es la formalidad, misma que se cumple al dar de alta el negocio en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Una vez hecho lo anterior, se conocerán los DERECHOS y OBLIGACIONES fiscales a los que se encuentra sujeto el contribuyente, en atención al régimen fiscal en el que se ubica, atendiendo a la estimación de ingresos que se pudieran obtener en un mes o un año, lo que determinará los impuestos a pagar, así como el tipo, forma y temporalidad de presentar declaraciones.

Al hablar de régimen fiscal nos referimos a la definición de la actividad económica que realiza el contribuyente, ya sea persona física o persona jurídico – colectiva, también conocidas como personas morales, lo que determinará el trato fiscal que se recibirá.

Los regímenes fiscales, en los que se puede ubicar un contribuyente, son los siguientes:

Personas Físicas

  • Salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado.
  • Actividades Empresariales y Profesionales.
  • Régimen de Incorporación Fiscal.
  • Arrendamiento y en general por el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
  • Enajenación de Bienes.
  • Intereses.
  • Obtención de Premios.
  • Dividendos y en general por las ganancias distribuidas por Personas Morales.
  • Y de los demás ingresos

Personas Morales

  • Régimen de Incorporación Fiscal. (Actividad que no exceda los dos millones de pesos anuales).
  • Actividad Empresarial.
  • Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (sector primario).

Otro punto de importante trascendencia, es la generación de comprobantes fiscales y demás documentación contable, pues son el medio para acreditar ante la autoridad fiscal, las transacciones de la negociación y la materialidad de las mismas, para determinar cuales son los ingresos sujetos al pago de un impuesto, o bien, los gastos susceptibles de deducción.

Finalmente no hay que olvidar que en derecho existe una máxima que sostiene que “el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento”; lo que significa que aunque no conozcamos la Ley, debemos cumplirla, pues de lo contrario, seriamos sujetos a las penas o sanciones que la misma norma impone, que en materia fiscal van desde la imposición de multas por cuestiones formales, la determinación de un crédito fiscal por la omisión del pago de impuestos, así como el embargo, el congelamiento de cuentas bancarias, entre otras.

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